Se modifica el DL No. 1192 que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles

Last Updated: 17 de September de 2023By Tags: ,

Se emite el Decreto Legislativo N° 1559 con el objetivo de establecer medidas para facilitar y promover el desarrollo de proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad 2022-2025 (PNISC) y otros proyectos de inversión pública, privada y público-privada

El pasado 25 de mayo, la Presidenta de la República, Dina Boluarte, emitió el Decreto Legislativo N° 1559 con el objetivo de establecer medidas para facilitar y promover el desarrollo de proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad 2022-2025 (PNISC) y otros proyectos de inversión pública, privada y público-privada.

Este decreto consta de 8 artículos, los cuales resumo a continuación:

Artículo 1: Establece que el objetivo es modificar otros decretos legislativos (1192, 30327 y 29151) para agilizar procesos de adquisición y disponibilidad de terrenos, liberación de interferencias e imposición de servidumbres para proyectos de inversión.

Artículo 2: Modifica varios artículos del Decreto Legislativo 1192 sobre adquisición y expropiación de inmuebles. Los cambios están orientados a agilizar procesos, precisar conceptos, establecer incentivos por posesión anticipada, ampliar plazos de desocupación de predios. Entre los aportes mas importantes:

  • Se establece un incentivo del 30% del valor comercial para casos de posesión anticipada de terrenos.
  • Se agiliza identificación del Sujeto Pasivo en caso no exista sucesión inscrita o no se identifique al propietario.
  • Amplía de 10 a 30 días hábiles plazo para desocupar inmuebles de uso industrial/comercial en funcionamiento.
  • Los propietarios deben dar facilidades para inspección ocular, sino se usará información municipal o registral para tasación.
  • La SBN puede transferir áreas de aportes o vías obtenidas en habilitaciones urbanas.
  • Precisa que la identificación del bien en la norma de expropiación debe incluir informe de verificador catastral o especialista técnico.
  • En casos de duplicidad de partidas, el Sujeto Activo puede solicitar cierre de la más reciente y correlacionar asientos.
  • La SBN asume titularidad de oficio de predios estatales en proyectos de interés nacional.
  • El ejecutor coactivo de la SBN puede ejecutar lanzamientos para recuperar bienes del Estado.
  • Jueces deben pedir opinión de la SBN antes de dictar sentencias sobre bienes estatales.
  • Para liberación de interferencias se dan plazos de 40 días adicionales excepcionalmente.
  • Entidades públicas pueden ejecutar alternativamente la liberación de interferencias.

Artículo 3: Incorpora nuevas disposiciones al Decreto Legislativo 1192, como habilitar a la ATU como Sujeto Activo en procesos de adquisición y expropiación, dar incentivos del 30% por posesión anticipada en proyectos del PNISC, y que empresas de servicios públicos emitan disposiciones sobre liberación de interferencias.

Artículo 4: Modifica artículos de la Ley 30327 de Promoción de Inversiones para precisar plazos y procedimientos sobre constitución de servidumbres.

Artículo 5: Incorpora artículo a la Ley 29151 del Sistema Nacional de Bienes Estatales para que la SBN asuma titularidad de predios estatales en proyectos de interés nacional.

El decreto también incorpora disposiciones complementarias finales relevantes, entre las cuales destaco:

  • Autoriza hasta diciembre 2025 a entidades del gobierno nacional titulares de proyectos del PNISC a no aplicar la Ley de Contrataciones del Estado para contratar servicios y obras destinadas a la liberación de interferencias.
  • Faculta a entidades públicas titulares de proyectos del PNISC a establecer servidumbres forzosas sobre predios privados requeridos para dichos proyectos. Deben pagar indemnización por perjuicios e indemnizar por el uso del bien gravado.
  • Otorga 90 días a organismos reguladores para tipificar infracciones y establecer multas ante incumplimientos en liberación de interferencias por empresas de servicios públicos.
  • Autoriza al MTC a subrogarse en el pago de obligaciones de empresas públicas por liberación de interferencias.
  • Precisa que las referencias a predios e inmuebles en los títulos del Decreto Legislativo 1192 se entienden respecto a propiedad privada, no a propiedad estatal.
  • Excluye de aplicación del decreto a tierras y territorios de pueblos indígenas u originarios.

Como podemos ver, el decreto no solo modifica normas para agilizar procesos, sino que incluye importantes disposiciones sobre contrataciones, servidumbres, multas, pagos, entre otros puntos relevantes.

En conclusión, este decreto legislativo busca destrabar y acelerar la ejecución de importantes proyectos de inversión en infraestructura, mediante la modificación de otras normas para agilizar procesos vinculados a terrenos, servidumbres e interferencias.

Se establece un incentivo del 30% del valor comercial para casos de posesión anticipada de terrenos.

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